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objeto de la obligación.
El objeto de la obligación es la prestación prometida, esto es, lo que el deudor está obligado a cumplir y el acreedor legitimado a exigir. Esta prestación, objeto de la obligación, puede consistir en una entrega, dar, hacer o no hacer alguna cosa, según el tipo de la relación obligatoria de que se trate. Aunque no lo exprese terminantemente el C.c., esta prestación, por aplicación de los principios generales del objeto del contrato, ha de cumplir ciertos requisitos: posibilidad original, licitud, determinabilidad y carácter pecuniario. Sin embargo, no debe confundirse objeto del contrato y objeto de la obligación, éste último es la prestación debida, mientras que el objeto del contrato es la intención perseguida por las partes con la celebración de un negocio jurídico.
Inglés: subject of the obligation.
Áreas: jurídico legislativa.
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