Escrito por Carmen Anciano. Directora Área Jurídica. ISTPB
Mediante la Orden JUS/206/2009, de 28 de enero, se han aprobado los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación, tomando como base los modelos definidos en la tercera parte del PGC y del PGC de PYMEs, aprobados por RRDD 1514/2007 y 1515/2007, de 16 de noviembre. Se normalizan los modelos de Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias, Estado de Cambios en el Patrimonio Neto (ECPN), Estado de Flujos de Efectivo (EFE) y Memoria, así como la hoja de identificación de la empresa, tanto en su modalidad normal, como abreviada y el específico de PYMEs.
Los modelos aprobados recogen la modalidad tradicional de presentación en papel, en soporte digital (CD o DVD) y de presentación telemática mediante firma electrónica reconocida, para lo cual la Orden Ministerial incorpora el formato XML al soporte electrónico para el depósito de cuentas. Debe recordarse que los modelos de balance, cuenta de pérdidas y ganancias, ECPN y EFE son de utilización obligatoria, salvo el EFE en la versión abreviada y de PYMES. En cuanto a la memoria se ha normalizado buena parte de su contenido, con el fin de que las empresas que lo deseen puedan utilizar los cuadros normalizados, si bien no se obliga su uso para flexibilizar en lo posible el cumplimiento legal del depósito de cuentas.
Los modelos y formatos electrónicos actualmente vigentes podrán seguir utilizándose para la presentación de cuentas de ejercicios iniciados antes del 1 de enero de 2008. (F&B 136, marz-abr 2009)
Escrito por Carmen Anciano. Directora Área Jurídica. ISTPB
Desde el 1 de abril resulta de aplicación la nueva clasificación de las Instituciones de Inversión Colectiva atendiendo a su vocación inversora, su perfil de riesgo y de los activos en los que invierten. (F&B 136, mar-abr 2009)
Escrito por Carmen Anciano. Directora Área Jurídica. ISTPB
La intermediación financiera y la concertación de préstamos privados queda sujeta a las autoridades de consumo y fuera de la supervisión bancaria. (F&B 136, marz-abr 2009)
Escrito por Carmen Anciano. Directora Área Jurídica, ISTPB
Quienes desarrollen profesionalmente servicios de asesoramiento financiero proporcionando a sus clientes recomendaciones personalizadas de inversión deberán solicitar autorización de la CNMV e inscribirse en un registro especial. (F&B, 135, ene-feb 2009)
Escrito por Carmen Anciano. Directora Área Jurídica. ISTPB
La Ley General de la Seguridad Social prevé la posibilidad de que cuando se establezca por algún programa de fomento del empleo se abone de una sola vez de forma anticipada y acumulada en un pago único el valor actual del importe, total o parcial, de la prestación por desempleo de nivel contributivo a que tenga derecho el trabajador y que esté pendiente de percibir. (F&B, 133, octubre 2008)