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Sindicación

Revista de Finanzas y Banca
leasing Imprimir E-Mail Compartir

leasing.
El leasing, una de cuyas modalidades se denomina en España arrendamiento financiero, es un término utilizado universalmente para designar una operación que puede definirse, en términos generales, como un arrendamiento mercantil especial en el que existe un componente financiero de mayor o menor entidad según la clase de leasing y, por supuesto, aspectos de economía empresarial y en algunos casos también doméstica, para las partes que intervienen en una operación, que en su modalidad más usual y básica son: una empresa dedicada a realizar estas operaciones cuya característica esencial es el arrendamiento de bienes, sin o con opción a compra, como su objetivo social único o predominante, y que se conoce como compañía o sociedad de leasing y, por otra, una empresa o un particular que desea disponer para su utilización o disfrute de determinados bienes muebles o inmuebles, elegidos directamente por el cliente de los proveedores de los mismos, en unos casos, u ofertados directamente por la compañía de leasing o directamente por el fabricante que realiza también actividades de leasing. Por consiguiente, la compañía de leasing adquiere en propiedad los bienes objeto de leasing y simultáneamente cede su uso al arrendatario durante un tiempo convenido por un precio distribuido en cuotas periódicas. Al cumplirse el plazo de vigencia establecido y, según la modalidad de leasing, se cancelará el arrendamiento, se renovará o si se hubiera incluido en el contrato correspondiente una opción de compra, podrá elegir el arrendatario la adquisición del mismo por el precio estipulado para este supuesto. 

Inglés: leasing.
Véase: arrendamiento financiero inmobiliario, arrendamiento financiero mobiliario, lease-back, retroleasing.
Áreas: instrumentos financieros, auditoría y contabilidad.

 
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