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Revista de Finanzas y Banca
juros en la Edad Moderna Imprimir E-Mail Compartir

juros en la Edad Moderna.
Desde el primer momento quedó demostrado que el Gobierno no podía hacer frente a sus gastos, siempre en aumento, sólo con las fuentes de ingresos ordinarias. Así, las entradas netas de la Corona para 1534 se calculaban en unos 420.000 ducados, cuando el presupuesto alcanzaba el millón de ducados. Para enjugar el déficit, Carlos I tuvo que recurrir a ciertos expedientes como el de apropiarse de los envíos de plata americana a particulares y “compensar” a los perjudicados con estos juros o vales del Gobierno.
Los juros, que daban intereses hasta de un 7 por 100 según la clase que se comprase, eran asignados sucesivamente a cada una de las rentas ordinarias, de tal modo que en 1543 un 65 por 100 de estas rentas estaban dedicadas al pago de anualidades. Aparte del hecho de que la Corona estaba hipotecando gravemente sus futuros recursos, la venta de estos títulos tuvo otras graves consecuencias. Como eran comprados por banqueros extranjeros y del país, por comerciantes y nobles, y por todo el que tuviera dinero para invertir, el resultado fue el nacimiento de una poderosa clase de rentistas que invertía su dinero no en el comercio y la industria, sino en beneficiosos vales del Gobierno y que vivía contentándose con sus anualidades. Si alguna vez, como en 1552, el Gobierno quería emprender una redención gradual de los juros, inmediatamente estallaban las protestas de sus poseedores, quienes no veían más alternativa segura para sus inversiones que la compra de tierras, cuyo precio aumentaría rápidamente si se redimían los juros.
Más tarde, cuando en 1596 Felipe II se declaró en bancarrota y suspendió los pagos a sus banqueros, llegó a un compromiso con éstos para pagarles las deudas mediante juros, lo que significaba convertir una deuda flotante en una consolidada. Pero como en todas las operaciones de este tipo, existían inconvenientes inevitables, las principales víctimas de los juros fueron las ferias, especialmente las de Medina del Campo.
Durante el reinado de Felipe IV, ante las necesidades de las guerras exteriores y las dificultades de la Hacienda para sufragar los gastos y encontrar nuevos ingresos, el Conde-Duque de Olivares decidió en 1635 confiscar la mitad de las rentas de todos los juros que estaban en manos de españoles y todas las rentas de los que pertenecían a extranjeros, expediente que usó en años sucesivos. En 1637 se apoderó de 487.000 ducados de plata americana e “indemnizó” a los propietarios con juros, que nadie quería por su baja rentabilidad. Lo mismo sucedió en 1639, hasta llegar a las bancarrotas de 1647 y 1653. Se pidió la reorganización de la política fiscal, pero las especulaciones monetarias y la venta de cargos continuaron y los desafortunados banqueros fueron indemnizados como siempre con juros depreciados, repitiéndose el círculo vicioso.
A partir de 1677 los ministros de Carlos II iniciaron una reforma básica de las finanzas de los juros, tratando de dividir su interés entre los juros anteriores a 1635 y los posteriores. El Estado anuló la mitad del valor de los “juros antiguos” y gravó lo que quedaba con una media anata y un impuesto del 5 por 100. Los “juros modernos” fueron también anulados en la mitad de su valor, y el resto quedó gravado con una media anata y un impuesto del 15 por 100. Posteriores decretos de 1685 y 1687 redujeron las exenciones concedidas en 1677 y siguieron anulando juros en un 50 ó 75 por 100, reduciendo el pago de intereses al 4 por 100. A partir de 1685, el Estado ahorró cuatro millones de ducados.
Ya en el siglo XVIII, Felipe V trató en 1727 de reducir los gastos bajando los intereses de la deuda consolidada (juros), prosiguiendo las medidas tomadas bajo Carlos II. Tras los modestos recortes de 1702, 1708, 1709 y 1710, en 1727 el interés devengado por los juros se redujo del 5 al 3,33 por 100, con lo cual las rentas provinciales, generales, salinas y papel sellado sobre las que estaban situadas las rentas de los juros experimentaron un modesto crecimiento para la real hacienda de entonces.
Con todo, con el aumento de las guerras a partir del último cuarto de siglo fue preciso recurrir a otro tipo de emisión de deuda pública junto a los juros para hacer frente al déficit hacendístico. La primera emisión de vales reales se inició en 1780 y fue adquirida por un consorcio de holandeses, franceses y españoles que, a cambio de la entrega de nueve millones de pesos, recibieron 9.900.000 en vales reales al 4 por 100 de interés. Con ellos se podían pagar impuestos y tenían poder liberatorio en el comercio al por mayor, pero inicialmente no servían para pagar al menudo, ni a labradores ni artesanos. Para su cotización se creó en 1782 el Banco de San Carlos. Pero como por las guerras se hicieron varias emisiones consecutivas, los intereses de esta deuda supusieron una suma tan elevada que la hacienda real no pudo hacerle frente. El establecimiento de la Caja de Amortización en 1798 con ingresos propios destinados a absorber los vales y sostener su cotización acabará también fracasando. 

Áreas: jurídico legislativa.

 
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