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Sindicación

Revista de Finanzas y Banca
identificación Imprimir E-Mail Compartir

identificación.
Hace referencia tanto a los datos de identidad de una persona (nombre, apellidos, naturaleza, edad, sexo, domicilio y nacionalidad), como al acto tendente a la comprobación y acreditación de la identidad de la misma.
La identificación de la persona supone su individualización de la colectividad, y se toma como principal criterio el nombre, libremente impuesto por los padres, o en su caso por el Registrador, y los apellidos, que determinarán su filiación, la pertenencia a una familia. Además de esta identificación de la persona, que se obtiene directamente de las actas del Registro Civil y del Libro de Familia, a partir de los catorce años es necesaria la expedición de un documento acreditativo de la identidad, el Documento Nacional de Identidad (DNI.), en el que además de los datos de identidad de la persona, consta la identificación fotográfica y dactiloscópica. Por otra parte, a efectos fiscales, todas las personas físicas y jurídicas están obligadas a portar el Número de Identificación Fiscal, consistente en un código alfanumérico integrado por el número del DNI. seguido de una letra. 

Inglés: identification.
Véase: documento nacional de identidad (DNI); número de identificación fiscal (NIF).
Áreas: jurídico legislativa.

 
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