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hechos probados.
En el proceso civil, y más aún en el proceso penal, se utiliza la expresión de hechos probados para referirse a los que han resultado demostrados, comprobados y verificados en el juicio, y que con tal consideración se hacen constar en la sentencia definitiva a modo de fundamentos de hecho, que conjuntamente con los de derecho, serán la base fundamentadora del fallo judicial. Los hechos probados así acreditados en instancia, serán la base de los fundamentos jurídicos en la casación.
En el proceso penal los hechos probados son de suma importancia, particularmente a efectos del recurso de casación, pues la Ley de Enjuiciamiento Criminal contempla como motivo para interponer recurso de casación el que en la sentencia no se exprese clara y terminantemente cuáles son los hechos que se consideren probados, o resulte manifiesta contradicción entre ellos, o se consignen como hechos probados conceptos que, por su carácter jurídico, impliquen la predeterminación del fallo.
Inglés: proved events, tested events
Véase: hecho extintivo.
Áreas: jurídico legislativa.
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