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| economía de opción |
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| Escrito por ISTPB | |
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En el ámbito tributario se conoce como economía de opción la posibilidad de que el sujeto pasivo adopte en sus relaciones jurídico-económicas la forma tributaria más ventajosa dentro del marco de la legalidad vigente. La economía de opción es perfectamente válida en función de la libertad y autonomía del contribuyente que puede optar por la fórmula menos onerosa entre las diversas formas jurídicas aplicables. No obstante la licitud de esta conducta se supedita a que la utilización de las normas y formas jurídicas no genere la obtención de resultados o fines distintos de aquellos previstos originalmente por la ley para esa fórmula utilizada. En consecuencia, en tanto no implique abuso de las normas jurídicas o fraude de ley la economía de opción se ajusta a la legalidad. |
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