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| El Factoring, instrumento para la prevención de impagos |
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El Factoring en España representa el 9,09% del Producto Interior Bruto. Durante 2008, la actividad global de esta actividad alcanzó una tasa de crecimiento del 20,35% con un volumen de negocio de casi 100.000 millones de euros frente a los 82.000 millones del año anterior lo que demuestra que las empresas españolas confían en este sistema también en momentos de crisis. (F&B 136, marz-abr 2009) La Asociación Española de Factoring (AEF) ha presentado los resultados de 2008 y ha efectuado un análisis de su actividad valorándola de eficaz y productiva. Los resultados obtenidos, han consolidado el Factoring como una útil herramienta que permite a las empresas flexibilizar estructuras adecuándolas a sus necesidades puntuales. Algo que en la situación económica actual se vuelve cada vez más esencial y necesario. ![]() Evolución del número de asociados Todas las empresas trabajan con una cuenta denominada "clientes" que comprende los derechos a favor de la empresa como consecuencia del tráfico corriente de la misma. Sobre estos derechos existe una incertidumbre en cuanto a su pago, pudiéndose producir el impago por parte del cliente. Una forma de evitar este riesgo sobre nuestros derechos a cobrar es traspasar esa cuenta de "clientes" a otra empresa que simplemente se dedique a cobrar esos derechos, esa empresa se denomina factor, y las operaciones que realiza son las de factoring. El factoring nos permite el cobro al contado y sin riesgo de nuestra cuenta de "clientes", por supuesto a un coste mayor que la operación de descuento, porque en esta última, el banco no nos asegura el resultado final de la operación, sino que ante insolvencias de nuestro cliente, debemos responder nosotros de la deuda. Sin embargo, en el factoring, la empresa que adquiere nuestros derechos, asume el riesgo de insolvencia del comprador. Como consecuencia de la cesión de la cuenta de "clientes", la empresa queda en manos del factor, en cuanto que sólo puede tratar con los clientes que él le permita, y que tengan, por supuesto, cierta solvencia o garantía de pago de sus deudas. En definitiva el factoring releva al empresario de la tarea de estudio de sus clientes y del riesgo de impago; pero también hay que contar con su mayor costo de asegurar ese riesgo, por lo que el empresario deberá tener en cuenta estos detalles para tomar la decisión sobre la realización o no de esta clase de operación. Existen dos formas muy diferenciadas de este tipo de operaciones, el factoring "sin recurso", por el que el cliente responde de la existencia y legitimidad del crédito, pero no de la solvencia del deudor cedido, cuyo riesgo es asumido por la compañía de factoring, y el factoring "con recurso" en el que el cedente responde, además de la existencia y legitimidad del crédito cedido, también de la solvencia del deudor. Las diferencias entre el descuento y el factoring afectan a la fórmula de anticipo de los créditos, porque suele establecerse un porcentaje de anticipo sobre los efectos admitidos, en lugar del descuento mediante el cálculo de un tipo de interés sobre el nominal, ya que procederá el cálculo del interés sobre el anticipo. Otra diferencia es que puede existir factoring de servicios de cobranza y administración sin financiación. Condiciones de las operaciones de Factoring Los servicios y condiciones que siguen pueden aparecer en las operaciones de factoring son las siguientes: a) Servicio de cobro de los créditos con pago aplazado concedidos por la empresa a sus clientes por suministro de bienes o servicios, mediante una comisión. b) Llevanza de la contabilidad de clientes y de las gestiones y acciones para el cobro de impagados, es decir, funciones de gestión administrativa que pueda abarcar más o menos facetas. c) Análisis por parte de la entidad de crédito con la que se concierta la operación de factoring, de la solvencia de los clientes actuales o potenciales de una empresa a efectos de su calificación, para la determinación de un límite de crédito y para considerar aptas para su descuento o anticipo las facturas o efectos en que se instrumenta el cobro, cuando la operación de factoring se concierta sin recurso. d) Concesión de financiación mediante anticipos sobre importe de las facturas cedidas por el cliente, sin o con recurso. En el primer caso, la admisión de facturas requiere el previo consentimiento de la entidad de crédito que realiza el factoring, es decir, que si el contrato se establece en esta forma la empresa cesionaria de sus créditos queda supeditada en sus ventas a la previa conformidad a la admisión de facturas de un determinado cliente. ![]() Distribución de las cesiones por sectores de actividad 2008 Las liquidaciones de las financiaciones en operaciones de factoring se sujetan a los mismos requisitos establecidos por el Banco de España para las restantes operaciones de las entidades de crédito. Este instrumento financiero aporta innumerables ventajas a las empresas que lo utilizan facilitando una solución ágil y eficaz al problema que generan las ventas a crédito o los dilatados plazos de cobro que conllevan. Resultados del Informe Anual sobre Factoring El importe total de las Cesiones de Factoring de las empresas españolas y su porcentaje de incremento sobre el año anterior arrojan los siguientes resultados: La actividad global de esta actividad alcanzó una tasa de crecimiento del 20,35% con un volumen de negocio de 99.772,2 millones de euros frente a los resultados obtenidos al año anterior, de los cuales 51.626,6 (+ 13,74%), corresponden a factoring nacional: — Con recurso (no cubre el riesgo de insolvencia) • 6.927,2 millones de euros (+ 27,53%) — Sin recurso (cubre el riesgo de insolvencia) • 44.699,4 millones de euros (+ 11,86%) ![]() Evolución de las cesiones 2003-2008 (En millones de euros) Por su parte los datos sobre Factoring Internacional nos revelan que el volumen alcanzado llegó a los 5.584,9 (+ 32,71%). Este espectacular aumento ha sido motivado por la extraordinaria aceptación que esta forma de financiación tiene entre las empresas con ventas al exterior. Concretamente el Factoring de Exportación se convierte aquí en una herramienta imprescindible para que las empresas aborden con éxito su expansión internacional ya que elimina los mismos riesgos que en el mercado interior, pero que son de más difícil previsión cuando se trata de mercados extranjeros, además de proporcionar una gran seguridad y comodidad en el cobro de las exportaciones: — Factoring de Importación: 1.044,3 millones de euros (- 5,90%) — Factoring de Exportación: 4.540,6 millones de euros (+ 46,54%) ![]() Evolución de la relación entre el factoring y el P.I.B. 2003-2008 En cuanto a las cifras de Factoring a Proveedores (contratos de gestión de pagos) la cifra alcanzó los 42.560,7 millones de euros (+ 27,80%) Estos datos no implica que las compañías de factoring gestionen de forma poco diligente su negocio, ni que vayan a asumir riesgos imprudentes por mantener estos índices de crecimiento. Sencillamente se seguirá actuando con criterios adecuados al momento, verificando debidamente los activos y ajustándose a una metodología de acuerdo con la situación de cada momento. Es decir, continuarán aplicando sus controles de gestión de la misma manera que han hecho hasta ahora y que tan buenos resultados les ha aportado. |
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Como consecuencia de la cesión de la cuenta de "clientes", la empresa queda en manos del factor, en cuanto que sólo puede tratar con los clientes que él le permita, y que tengan, por supuesto, cierta solvencia o garantía de pago de sus deudas. En definitiva el factoring releva al empresario de la tarea de estudio de sus clientes y del riesgo de impago; pero también hay que contar con su mayor costo de asegurar ese riesgo, por lo que el empresario deberá tener en cuenta estos detalles para tomar la decisión sobre la realización o no de esta clase de operación. 
El importe total de las Cesiones de Factoring de las empresas españolas y su porcentaje de incremento sobre el año anterior arrojan los siguientes resultados: 


