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| Escrito por Juan Fernando Robles | |
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(F&B, 128, abr. 2008.) Aun cuando de la Zona Única de Pagos para el Euro se viene hablando desde hace algún tiempo, hasta enero de este año no se han comenzado a utilizar sus primeros instrumentos, las transferencias. La incorporación a los ordenamientos internos de la Directiva de Servicios de Pago en el Mercado Interior antes del 1 de noviembre de 2009 supondrá la introducción de los otros instrumentos SEPA, las tarjetas y los adeudos directos. El día 28 de enero de 2008 han comenzado a negociarse los primeros instrumentos SEPA, en particular, las transferencias SEPA. El Sistema Nacional de Compensación Electrónica (SNCE) ya había procesado a mediados de marzo más de 140.000 transferencias SEPA por un importe de casi 600 millones de euros, que aunque sólo representa un 0,14 por 100 de todas las operaciones compensadas implica sin embargo que SEPA se ha puesto en marcha. Se viene hablando de SEPA desde el año 2000, y en realidad ha sido el retraso en la tramitación de la Directiva de Servicios de Pago, que se esperaba para 2006 y sin embargo se ha aprobado a finales de 2007, el motivo por el que esta iniciativa se pone en vigor ahora, en 2008, y no hace un par de años como en principio, y sobre todo para el caso de las transferencias, estaba previsto. En realidad ya hay una normativa europea, el Reglamento 2560/2001/CE, que obliga a las entidades en las transferencias hasta 50.000 euros a no distinguir en términos de coste entre las transferencias interiores e intracomunitarias, pero esta norma ha tenido una débil aplicación, en parte por el desconocimiento del público sobre su existencia. Digamos que desde 2006 las entidades financieras se han ido adaptando y concienciando de que en realidad una transferencia intracomunitaria es exactamente lo mismo que una nacional, lo que la nueva Directiva sobre Servicios de Pago deja ya absolutamente claro como señalamos en este especial. En cuanto al calendario de implantación de SEPA en su conjunto, viene muy condicionado por la transposición de la Directiva a los distintos ordenamientos internos, y será en el último trimestre de 2009 cuando se aceleren los procesos de cambio al entrar en vigor la nueva normativa. Es decir, en 2010 SEPA será una realidad más palpable que durante este año y el que viene, en el que se irán adaptando las transferencias y tarjetas bancarias, pero al no existir un imperativo legal en vigor es de suponer que las entidades tenderán a agotar el plazo si con ello obtienen algún beneficio económico, como es lógico. Por otra parte, esta circunstancia facilita enormemente la transición y la forma en que el sistema financiero absorberá los costes asociados a la misma y en un proceso como éste no es un escenario nada inconveniente, siempre y cuando las entidades no lo dejen todo para el último momento, como desgraciadamente suele ocurrir en muchos casos. En las distintas secciones de este especial veremos aspectos relacionados con la nueva Directiva sobre servicios de pago, los nuevos esquemas SEPA para transferencias y adeudos domiciliados y diversas opiniones e informes sobre la adaptación de instrumentos, tarjetas bancarias y el mercado. Vea también: SEPA y la transformación de los sistemas de pagos bancarios Y para nuestros usuarios registrados, además: El Efecto SEPA y su impacto en el negocio de tarjetas y pagos
En SEPA participan los 27 estados de la Unión Europea, más Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza, y afecta a todas las transacciones realizadas en euros, aunque las cuentas de destino u origen no estén denominadas en euros. |
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