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Escrito por Pere J. Brachfield. Profesor de la EAE   

(F&B, 123, oct. 2007.) España es un paraíso para los morosos y no creo que la situación vaya a cambiar a corto plazo. Mi hipótesis es que existen dos ingredientes principales para propiciar la morosidad: por un lado existe un marco legal "in favor debitoris". Tradicionalmente la justicia se ha inclinado más a favor de los deudores, considerados la parte más débil, que del acreedor. Hay que hacer notar que los orígenes de esta tradición de interpretar las leyes a favor del deudor se remontan al derecho romano. Y por otro existe una determinada casta de individuos que vive a costa del prójimo.

 

Estos pícaros han hecho de la morosidad una ocupación muy lucrativa, porque en España existe el antiguo oficio de "moroso profesional". El genial dibujante Francisco Ibáñez otorgó carta de naturaleza al moroso de profesión con el personaje de Manolo, el deudor recalcitrante que vivía en la buhardilla de "13 Rue del Percebe". A mi modo de ver la mejor viñeta dibujada por Ibáñez sobre Manolo, por la profunda sátira a la actitud de moroso recalcitrante que contiene, es una en la que dos acreedores muy cabreados delante de la puerta de Manolo y que comentan: "¡Tendrá caradura! ¡Y encima se pone la placa en la puerta!". En la viñeta se ve dibujada una placa en la puerta de la buhardilla (como la que utilizan los médicos y profesionales liberales para publicitar sus dependencias profesionales) que pone: "Manolo deudor".

En el mercado de alquiler de viviendas el problema es muy grave. Con las estadísticas sobre la mesa, el propietario tarda un año y medio en desahuciar a su arrendatario moroso ¿Qué es desahucio? La Ley lo define como el procedimiento judicial para poner legalmente de patitas en la calle al inquilino moroso y devolver la posesión del piso a su propietario. Además se pretende resolver el contrato de arrendamiento y condenar al inquilino al pago de los alquileres atrasados. Ahora bien en muchas ocasiones la condena al abono de los atrasos no se puede ejecutar por la insolvencia del interfecto. Con frecuencia el desalojo del "okupa" legal del piso no se puede realizar ya que el inquilino hace uso de su derecho de enervación ¿En que consiste la enervación? No tiene nada que ver con que al propietario le da un ataque de nervios, sino que es un privilegio que la ley concede al arrendatario, o sea una segunda oportunidad para que pague todos los atrasos ante el juzgado y se convierta en un buen pagador de entonces. De este modo el contrato de arrendamiento continúa vigente y el moroso sigue disfrutando del piso (para impagar de nuevo).

Las dos últimas ministras socialistas de la vivienda han efectuado grandilocuentes declaraciones a favor de los pisos de alquiler y han propuesto medidas para fomentar el arrendamiento. Pero el pecado original es la falta de seguridad jurídica existente, que hace que muchos propietarios prefieran tener pisos vacíos e improductivos, a asumir el riesgo de contratar con un arrendatario moroso (y pasar por el calvario de desahuciarlo). Si Carme Chacón quiere de verdad revitalizar el mercado del alquiler, debería promover un cambio legislativo para acelerar el desalojo de los morosos. Lástima de la oportunidad perdida en abril de este año, cuando el PP y CiU presentaron al Congreso sendas propuestas para evitar la enervación y agilizar los procedimientos de desahucio. Las proposiciones no prosperaron debido a la negativa del PSOE a apoyar las reformas.

 
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